- Inscribirse como exportador de productos alimenticios a EEUU
- Nombrar un agente para estos efectos en EEUU y
- Avisar a la FDA cuando se esté enviando un embarque a EEUU.
- Inscribirse como exportador de productos alimenticios a EEUU.
En el año 2002 después de los atentados a las Torres Gemelas el Presidente Bush promulgó el acta de Bioterrorismo. El objetivo de esta ley tiene por objeto asegurar la seguridad de aquellos productos alimenticios que se importan a EEUU para el consumo de personas y animales.
Su objetivo es asegurar la seguridad en la cadena alimenticia, evitando que los productos puedan ser manipulados para afectar la salud del pueblo norteamericano.
Esta nueva norma no sólo impone obligaciones a los productores norteamericanos, sino también a aquellos que deseen exportar a los Estados Unidos, ya que de no cumplirse con los requisitos que establece el Acta de Bioterrorismo, el producto no podrá ingresar a EEUU.
Esta acta le impone tres obligaciones a un exportador que quiera llevar sus productos a EEUU:
El Acta de Bioterrorismo se puede clasificar como una medida no arancelaria, conforme a los criterios de la OMC, ya que se trata de una medida que restringe el comercio internacional y tiene como causa medidas de protección de salud de las personas.
Estudiaremos en más detalle cada una de las obligaciones que el Acta le impone a los exportadores:
Un exportador no sólo debe inscribirse en este registro cuando efectivamente este exportando a EEUU, sino que cuando esté ofreciendo la exportación de sus productos a dicho país. También es necesario dicho registro cuando los productos pasarán en transito por los EEUU.
Los únicos productos alimenticios exentos de este registro corresponden a las carnes, aves y huevos. Esta exención se debe a un problema meramente administrativo, ya que el control de esos alimentos no corresponde a la FDA (Food and Drug Administration), sino que al FSIS (servicio de inspección y seguridad alimenticia).